Los medios para la comunicación con los socios serán:
Los socios podrán solicitar en cualquier momento su baja voluntaria en el club. Esta petición deberá realizarse por escrito y deberá tratarse en reunión de la Junta Directiva que acordará la baja sin más trámites.
Los socios podrán ser dados de baja en el club por alguna de las siguientes causas:
En cualquier caso, los expedientes de expulsión deberán ser tratados por un Comité de Conflictos creado al efecto que estará compuesto por dos miembros de la Junta Directiva, el Presidente del Club y dos socios elegidos por sorteo, actuando uno de ellos como instructor, y garantizando la audiencia al interesado.
La Asamblea General será la encargada de ratificar o denegar el informe realizado por la Comisión, siendo necesario en todo caso el apoyo de 2/3 de los socios presentes para que se apruebe la moción de expulsión.
El Comité de Conflictos se autodisolverá una vez emitido su informe.
La Junta Directiva estará compuesta por los siguientes miembros:
Se nombrará en Asamblea a un portavoz en cada uno de los pueblos de los que haya socios.
Serán funciones del portavoz:
Por circunstancias excepcionales y provisionalmente, la Asamblea podrá acordar que recaiga sobre un mismo miembro de la Junta Directiva más de un cargo.
Si un cargo de la Junta Directiva quedase vacante, provisionalmente y hasta la siguiente Asamblea General, la Junta Directiva podrá designar a un socio voluntario para el desempeño del cargo.
La Junta Directiva podrá separar de sus funciones a uno de sus miembros si considera que este no cumple con las obligaciones del cargo.
En todo caso será la Asamblea General quien decida la separación o no del miembro de la Junta Directiva.
La Junta Directiva se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición del Presidente o de 1/3 de sus miembros.
Para que exista quórum en las reuniones de la Junta Directiva deberán asistir la mitad más uno de sus miembros. La Junta Directiva quedará válidamente constituida a la media hora de su convocatoria con la asistencia de 1/3 de sus miembros, con un mínimo de dos, siempre que entre ellos se encuentre el Presidente.
La Junta Directiva podrá incorporar, por las necesidades del club, a nuevos vocales a las tareas de la misma, funcionando estos de forma interina hasta que no sean ratificados por la Asamblea General.
La Asamblea General quedará válidamente constituida en primera convocatoria con la presencia de la mitad más uno de los socios y en segunda con los socios presentes.
El derecho a voto en la Asamblea está condicionado a tener abonadas las cuotas correspondientes.
El orden del día es realizado por el Presidente, oída la Junta Directiva y las peticiones de los socios. El orden del día será publicado en la web del club con una antelación mínima de 15 días a la celebración de la Asamblea.
En todo caso éste deberá ser ratificado por la Asamblea al comienzo de la misma.
Todos los acuerdos de la Asamblea General se tomarán por mayoría absoluta en primera votación y simple en la segunda, salvo en los casos establecidos en los estatutos y en el presente reglamento. En caso de que exista empate tras la tercera votación permanecerá el statu quo.
En caso de realizarse elecciones a cargos podrán concurrir a las mismas cualquier socio del club con derecho a voto y que esté al corriente de las cuotas establecidas.
Los candidatos a cargos podrán presentar programa electoral, garantizándose el tiempo suficiente de exposición de cada uno de los programas.
Las votaciones se realizarán de forma secreta. No obstante se podrán realizar a mano alzada si ningún socio de los presentes en la Asamblea, con derecho a voto, se opone.
Las candidaturas serán abiertas en cada cargo, resultando elegidos aquellos que obtengan la mayoría absoluta de votos en primera votación y la mayoría simple en segunda. En caso de existir más de dos candidatos a un cargo y ninguno obtenga mayoría absoluta en primera votación, concurrirán a la segunda votación los dos candidatos al cargo más votados.
La modificación de estatutos o del presente reglamento podrá realizarse a iniciativa de la Junta Directiva o de 1/3 de los socios.
La Junta Directiva procederá a establecer un periodo de enmiendas al texto, las cuales deberán ser enviadas a la Secretaría con una antelación de 15 días y difundidas a todos los socios.
Una vez reformados los estatutos o el presente reglamento, en su caso, la Junta Directiva deberá facilitar a los socios los textos reformados.
En caso de disolución de la entidad se formará una Comisión Liquidadora que estará compuesta por la Junta Directiva y tres socios elegidos en Asamblea General.
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